Por Lucio Ramírez Medina
México: Requiere Armonización Jurídica la Protección del Agua
Alejandro Ochoa Figueroa es director del Programa Agua en WWF México, y quien nos dice que la protección del agua exige armonización jurídica: el reto de los caudales ecológicos, y destalla que la crisis del agua en México responde no solo a la escasez, sino a un modelo de gestión que ha excluido a los ecosistemas. La falta de integración de los caudales ecológicos en el marco legal y en la política pública debilita la seguridad hídrica y la protección ambiental. La reciente Ley General de Aguas abre una oportunidad para armonizar normas y reconocer que la disponibilidad del recurso depende de sistemas naturales funcionales. Sin esta integración, las políticas hídricas seguirán siendo incompletas y vulnerables.
La política hídrica se ha enfocado en asignar agua entre distintos usos productivos y de consumo, priorizando la demanda agrícola, urbana e industrial. Esta visión ha dejado en segundo plano una realidad esencial: los ecosistemastambién necesitan agua para mantenerse funcionales, sostener la biodiversidad y conservar los procesos naturales que permiten la recarga, regulación y disponibilidad del propio recurso.
Ríos, humedales, bosques y acuíferos no son elementos ajenos a la seguridad hídrica; son su fundamento. Cuando estos sistemas pierden su equilibrio, disminuye también la capacidad del territorio para proveer agua en cantidad y calidad suficientes.
Por ello, el concepto de caudal ecológico es central en cualquier estrategia de conservación y gestión hídrica. El caudal ecológico garantiza la cantidad, calidad y temporalidad de agua necesarias para que los sistemas acuáticos mantengan sus funciones ecológicas. No es agua “sobrante” ni una concesión ambiental, sino una condición indispensable para que el ciclo hidrológico siga funcionando y para que exista seguridad hídrica en el largo plazo.
Sin embargo, aunque México ha avanzado en reservas de agua y metodologías para determinar caudales ecológicos, su incorporación en los principales instrumentos jurídicos y de política pública sigue siendo parcial y fragmentada. El reto no es solo reconocer técnicamente su importancia, sino armonizar los instrumentos legales que deben garantizar su cumplimiento.
El problema es que estos instrumentos suelen operar de manera aislada, con criterios distintos e incluso contradictorios. Un Ordenamiento Ecológico Territorial (OET) puede identificar zonas prioritarias de conservación sin una vinculación efectiva con la gestión hídrica; un programa de manejo de un área natural protegida puede carecer de disposiciones específicas sobre caudales ecológicos; y las decisiones sobre disponibilidad y asignación de agua no siempre dialogan con la conservación de los ecosistemas.
Esta fragmentación debilita la protección ambiental e hídrica y genera incertidumbre para todos los actores involucrados. La sostenibilidad no depende de tener más normas, sino de que las existentes dialoguen entre sí y respondan a una misma lógica de seguridad hídrica y conservación.
A ello se suma un momento particularmente relevante para el país: la reciente aprobación de la Ley General de Aguas, la cual abre una oportunidad histórica para que las entidades federativas armonicen sus marcos normativos y actualicen sus legislaciones hídricas.
Este proceso no debería limitarse a ajustes administrativos o de distribución de competencias. Es el momento de incorporar de manera explícita el concepto de caudal ecológico en las leyes estatales de agua, reconociendo que la seguridad hídrica no depende únicamente del acceso al recurso, sino también de la conservación de los ecosistemasque lo hacen posible. Sin esta visión, cualquier reforma quedará incompleta.
Incorporar los caudales ecológicos no significa frenar el desarrollo ni generar nuevas barreras regulatorias. Significa dar certidumbre, prevenir conflictos y reconocer que sin ecosistemas funcionales no existe seguridad hídrica posible.
*Licenciado y Maestro en Periodismo
lurame_3@hotmail.com @luciorm
