ESTABLECE CONAPESCA VOLÚMENES DE CAPTURA DE SARDINA, ANCHOVETA Y MACARELA

La Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (Conapesca) —órgano desconcentrado de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (AGRICULTURA)— informa sobre los volúmenes de captura permisibles para el aprovechamiento de especies de peces menores como anchoveta, macarela y sardina, en aguas del Océano Pacífico y Golfo de California, correspondientes a la temporada de pesca 2026.

La medida se sustenta en la opinión técnica emitida por el Instituto Mexicano de Investigación en Pesca y Acuacultura Sustentables (IMIPAS), con la finalidad de mantener el aprovechamiento sustentable y la conservación de las poblaciones de estas especies de escama.

Los volúmenes de captura permisibles son:
● Sardina del Pacífico (Sardinops sagax) de la costa occidental de la península de Baja California: 338 mil 122 toneladas.
● Anchoveta norteña (Engraulis mordax) de la costa occidental de la península de Baja California: 119 mil 175 toneladas.
● Sardina crinuda (Opisthonema spp) de la costa occidental de la península de Baja California: 19 mil 209 toneladas.
● Macarela (Scomber japonicus) de la costa occidental de la península de Baja California: 12 mil 316 toneladas.
● Sardina crinuda (Opisthonema spp) del sur del Golfo de California: 116 mil 743 toneladas.
● Sardina monterrey (Sardinops sagax) del Golfo de California: 128 mil 545 toneladas.
● Sardina crinuda (Opisthonema libertate) del centro-norte del Golfo de California: 242 mil 718 toneladas.
● Macarela (Scomber japonicus) del Golfo de California: 59 mil 585 toneladas.
● Anchoveta norteña (Engraulis mordax) del Golfo de California: 230 mil 736 toneladas.
● Sardina bocona (Cetengraulis mysticetus) del centro-norte del Golfo de California: 130 mil 769 toneladas.

Esta pesquería es importante porque sus capturas han representado hasta el 50 por ciento de los volúmenes a nivel nacional y contribuyen a la generación de alrededor de cinco mil empleos directos en el noroeste de México y 20 mil a 25 mil empleos indirectos en todo el país.

De acuerdo con la publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), las disposiciones aplicarán durante todo el año a las y los titulares de permisos y concesiones de pesca comercial vigentes dedicados al aprovechamiento de pelágicos (peces) menores, a las y los capitanes y/o patrones de pesca, motoristas u operadores, pescadores y tripulantes de dichas embarcaciones y demás personas que realicen esta actividad en las zonas y temporalidades establecidas en el propio acuerdo, que está disponible en https://bit.ly/4tVeDGn.

La Conapesca notificará por escrito a las y los titulares para el aprovechamiento de pelágicos menores del Océano Pacífico y Golfo de California, cuando se esté por alcanzar el volumen de captura autorizado, a fin de que se determine el cese oportuno de las operaciones de pesca. Las personas que no cumplan con las disposiciones se harán acreedoras a las sanciones establecidas en la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables y demás disposiciones legales aplicables.

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